Acerca de FDLE
FLORIDA DEPARTMENT OF LAW ENFORCEMENT
Símbolo del faro
CURSO DE
SEGURIDAD PÚBLICA
FDLE optó por usar el faro para simbolizar los esfuerzos conjuntos de la Unidad a cargo de Delincuentes y Depredadores Sexuales y la autoridad local de aplicación de la ley para delinear un curso de seguridad pública, brindando al público información acerca de los delincuentes y depredadores sexuales que existen dentro de las distintas comunidades del estado de Florida, teniendo como objetivo llevar a los delincuentes frente a la justicia.
Con la Ley de Información para la Seguridad Pública de 1997 (Public Safety Information Act of 1997), el estado de Florida se convirtió en el primer estado en contar con una lista de delincuentes y depredadores sexuales en Internet y en permitir que dicha información estuviera disponible las 24 horas a través de una línea de acceso directo. Esta ley permitió al Florida Department of Law Enforcement brindar acceso al público a información importante para su protección y la de sus familias contra delincuentes sexuales. A partir de ese momento, el estado de Florida ha continuado marcando los lineamientos para la creación de leyes sobre registros y otros temas vinculados con delincuentes sexuales en todo el país y ha continuado implementando de manera efectiva estas leyes por medio de la dedicación y el esfuerzo de la justicia penal en todo el estado.
Al momento de sancionar la Ley de Información de Seguridad Pública, Florida tenía 471 depredadores sexuales y aproximadamente 8.000 agresores sexuales en la base de datos. Actualmente, diez años más tarde, ese número aumentó a más de 6.400 depredadores y 38.000 agresores sexuales registrados. A pesar del mayor volumen de registrantes, Florida ha respondido rápida y favorablemente a las demandas fluctuantes de las leyes estatales y federales y a los requerimientos logísticos que surgen a raíz de este grupo mayor de registrantes.
Desde el inicio, el estado de Florida ha contado con el total soporte y cooperación de todos los miembros de la justicia penal del estado, a nivel local, estatal y nacional, para la implementación de un sistema de registro y verificación de depredadores/delincuentes sexuales que garantiza constantemente que toda la información relevante y actualizada esté a disposición de los ciudadanos y de la justicia penal tan pronto como sea posible. De hecho, es el espíritu permanente de cooperación entre la totalidad de los miembros de la justicia penal y los ciudadanos de Florida lo que permite que el registro sea lo más preciso y actualizado posible, lo que representa grandes desafíos para el éxito de este proceso tan demandante. Nuestro estado es reconocido a nivel nacional como líder y modelo por la fortaleza de nuestras leyes y por el exitoso esquema de organización que permite que dichas leyes funcionen.
Por encima de todas las cosas, gracias a estos esfuerzos coordinados, los ciudadanos de Florida pueden saber sobre posibles depredadores/delincuentes sexuales de manera oportuna y es posible monitorear y controlar de manera más efectiva a dichos delincuentes. Como resultado, el contar con esta información permite que los ciudadanos de Florida, especialmente los niños, estén mucho más seguros.
SERVICIOS DEL FDLE PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY
- Además del acceso a Internet, FDLE ofrecerá y mantendrá disponible la conexión a la base de datos sobre depredadores/delincuentes sexuales para que accedan todos los organismos de la justicia penal que cuenten con capacidades CJNET.
- Vistas y acceso de escritura limitado directo a la Base de Datos de Delincuentes Sexuales del estado (a través de CJNet) para los organismos de aplicación de la ley, con posibilidad de ingresar direcciones a verificar y acceder a información de inteligencia de campo.
- Capacitación sobre leyes, procedimientos y sistemas del estado de Florida acerca de depredadores y delincuentes sexuales.
- Previa solicitud, FDLE brindará toda la información recolectada acerca del modus operandi (MO) de depredadores sexuales a los organismos locales de aplicación de la ley, para la investigación y análisis de patrones o acciones empleados en la sustracción de personas y /o delitos sexuales cometidos con anterioridad por dichos depredadores.
- FDLE proveerá formularios de registro para depredadores/delincuentes sexuales a todas las dependencias policiales y centros regionales de operaciones de FDLE.
- FDLE brindará copias en disquete, formato electrónico (a través de CJNET) o en papel, de modelos de declaraciones y órdenes judiciales para todos los delitos vinculados con delincuentes y depredadores sexuales.
- FDLE pondrá a disposición de los organismos de la justicia penal dentro del condado en el que reside el depredador, copias listas para imprimir de un folleto que se puede usar para notificar a la comunidad.
- FDLE coordinará esfuerzos con el Departamento Correccional (Department of Corrections) para asegurar que las muestras de ADN de todos los depredadores sexuales estén disponibles para colaborar con los organismos en la investigación y procesamiento de los casos.
- FDLE participará activamente en la localización y arresto de depredadores y delincuentes sexuales que no residan en el domicilio provisto. Cuando se notifique a FDLE que un delincuente no se encuentra en el lugar indicado, FDLE agregará en el campo de observaciones del registro de situación del depredador/delincuente sexual que el domicilio informado no es correcto y, cuando corresponda, tomará las acciones necesarias para conseguir una orden de arresto para dicho delincuente. FDLE continuará trabajando de manera coordinada con las autoridades locales de aplicación de la ley para lograr el efectivo funcionamiento de esta estrategia.
- FDLE proveerá análisis e inteligencia para colaborar con los organismos locales en la resolución de delitos de naturaleza sexual, especialmente cuando exista la posibilidad de que esté involucrado un depredador/delincuente sexual.
- FDLE pone a disposición de otros estados la información sobre depredadores/delincuentes sexuales y brinda acceso a los registros de situación en línea sobre estos individuos y presentando información acerca de dichos individuos ante el Registro Nacional de Delincuentes Sexuales (National Sex Offender Registry). FDLE brinda a los organismos locales de aplicación de la ley la posibilidad de acceder a información sobre depredadores sexuales en otros estados. Esto se logra a través del Sistema Nacional de Telecomunicaciones para la Aplicación de la Ley (NLETS - National Law Enforcement Telecommunications System).
- Si así lo exigen las autoridades locales, FDLE actuará como miembro de los equipos interdepartamentales y fuerzas de tareas.
- FDLE facilita la disponibilidad de recursos para responder a las necesidades de la justicia penal y del público en relación con depredadores/delincuentes sexuales. Estos recursos incluyen, según sea necesario, servicios de laboratorio, servicios de investigación y servicios de información de carácter penal.
- FDLE realiza permanentemente verificaciones de domicilio mediante envíos de correo a todos los depredadores y delincuentes sexuales registrados que ya no se encuentran cumpliendo condenas. Los resultados de estos envíos de verificación de domicilios están disponibles para los organismos locales de aplicación de la ley y las oficinas regionales de FDLE a través de CJNet y de la Unidad a cargo de Delincuentes y Depredadores Sexuales para facilitar los esfuerzos para identificar y determinar la ubicación de cualquier delincuente o depredador que no haya cumplido con los requisitos de registro y para la obtención de cualquier orden judicial o acción legal necesaria.
- FDLE ofrece a los organismos de aplicación de la ley de Florida un sistema de ubicación geográfica que localiza delincuentes y depredadores sexuales dentro de sus jurisdicciones. Además, las aplicaciones de ubicación geográfica pueden ampliarse e incluir notificaciones automáticas por correo a la comunidad y otras herramientas útiles. Varios organismos ya han establecido prácticas de ubicación geográfica efectivas con el fin de notificar a la comunidad y analizar la información. Los análisis pueden incluir gráficos de ubicación actualizados semanalmente sobre domicilios y nuevos depredadores, e información sobre tendencias en el ámbito delictivo para fines de investigación.
SERVICIOS DEL FDLE PARA EL PÚBLICO
FDLE pondrá a disposición del público determinada información sobre depredadores y delincuentes sexuales en Florida mediante
- la publicación en Internet de los datos de registro de dichos delincuentes y sus fotografías;
- mantendrá una línea telefónica gratuita para que el público pueda consultar si determinado individuo es un depredador o delincuente sexual; y
- preparará folletos y material informativo sobre depredadores y delincuentes sexuales que estarán disponibles para el público.
- NOVEDAD EN 2007: El 1º de octubre de 2007 o antes de esa fecha, el FDLE proporcionará un sistema de notificación automática por correo electrónico que permite a los ciudadanos registrarse para recibir noticaciones sobre agresores o depredadores sexuales en el área.
- NEW IN 2007: A partir del 1º de enero de 2008, el Departamento de Cumplimiento de la Ley del Departamento de Florida (Florida Department of Law Enforcement - FDLE) proporcionará un sistema de notificación automática por correo electrónico que permite a los ciudadanos registrarse para recibir por correo electrónico notificaciones sobre agresores o depredadores sexuales en el área.
AVISO PÚBLICO
Está comprobado que tanto los sitios Web de las autoridades locales de aplicación de la ley conjuntamente con el sitio Web de depredadores/delincuentes sexuales de FDLE, son herramientas efectivas para la información pública, no sólo en lo que respecta al estado de Florida, sino también a nivel nacional.
Las reuniones para la prevención de delitos en la comunidad son oportunidades para distribuir información sobre delincuentes y depredadores sexuales locales y explicar las leyes de información pública y prácticas de seguridad.
INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE LOS SERVICIOS DE REGISTRO Y RASTREO DE AGRESORES DEL FDLE
Conforme a la Ley de Florida, el FDLE notificará al público a través de Internet sobre todos los depredadores sexuales designados. {Artículos 775.21(7)(c);943,043, Leyes de Florida}
El departamento es responsable por el mantenimiento de la información actualizada en línea de cada depredador sexual registrado. {Artículo 775.21(6)(k)1.}
FDLE debe mantener una línea de acceso directo para los organismos de aplicación de la ley estatales, locales y federales, para que puedan obtener información instantánea de ubicación y características de todos los depredadores sexuales registrados y puestos en libertad, a los fines del monitoreo, control y procesamiento. {Artículo 775.21(6)(k)1.}
El FDLE y el Departamento Correccional implementarán un sistema para verificar los domicilios de los depredadores/agresores sexuales. El sistema debe ser compatible con las normas federales aplicables a dicha verificación o que se deben cumplir como condición para la recepción de fondos federales por parte del estado. {Artículos 775.21(8), 943.0435(6)}
Los organismos de aplicación de la ley locales y del condado, junto con el FDLE, verificarán los domicilios de los depredadores/agresores sexuales que no se encuentren bajo el cuidado, la custodia, el control o la supervisión del Departamento Correccional. {Artículos 775.21(8), 943.0435(6)}
La lista de registro de depredadores y agresores sexuales del FDLE es un registro público. Cuando el FDLE proporciona al público información sobre un depredador sexual registrado, el personal del departamento debe informar a la persona que hace la consulta que:
- la identificación positiva de una persona que se sospecha es un depredador sexual sólo se puede establecer mediante comparación de huellas dactilares, y
- que es ilegal el uso de información pública sobre un depredador sexual registrado para colaborar con la comisión de un delito. {Artículo 775.21(6)(k)2.}
El FDLE eliminará al delincuente de la clasificación como agresor sexual del registro si el delincuente presenta ante el departamento una copia certificada de las sentencias o la orden del tribunal, y cumple con otros requerimientos legales estipulados en el art. 943.0432(11), que indica que el agresor ya no debe cumplir con los requisitos de registro como agresor sexual. {Artículo 943,0435(11)(b)}
El FDLE está autorizado a divulgar esta información pública a través de cualquier medio que considere adecuado, inclusive un número gratuito que esté en funcionamiento para tal fin. {Artículos 775.21(6)(k)2., 943.043, 944.606(2),(3)(d),(4); 985.481(4)}
FDLE deberá notificar al organismo de aplicación de la ley del estado, o a un organismo similar, en cualquier estado o jurisdicción sobre la residencia de un delincuente/depredador sexual. {Artículos 775.21(6)(h), 943.0435(7)}
Está permitido notificar al público de todo el estado, según lo considere apropiado el personal del organismo de aplicación de la ley y FDLE. {Artículos 775.21(6)(k)2., (7)(b), 943.043}
FDLE deberá notificar al público a través de Internet sobre todos los depredadores sexuales designados. El aviso por Internet deberá incluir la información exigida para las notificaciones a la comunidad según las disposiciones del Artículo 775.21(7)(a). {Artículo 775.21(7)(c)}
FDLE podrá notificar al público a través de Internet sobre cualquier información relacionada con depredadores y delincuentes sexuales que no sea confidencial y cuya divulgación no esté prohibida por las disposiciones establecidas en el Artículo 119.07(1) y Artículo 24(a), Sección I de la Constitución del Estado. {Artículo 943.043(1)}
FDLE deberá brindar, por medio de una línea telefónica gratuita, acceso público a la información de registros relacionada con depredadores y delincuentes sexuales y podrá también brindar otra información con la que cuente el departamento cuya divulgación pública no esté prohibida. {Artículo 943.043(2)}
Previa solicitud y a un costo razonable establecido por el departamento, FDLE proveerá a cualquier persona una copia de la fotografía de cualquier depredador o delincuente sexual que el departamento tenga en sus archivos y un resumen impreso de la información disponible al público. {Artículo 943.043(3)}
Toda vez que FDLE reciba información de un delincuente o de la oficina del sheriff acerca de la intención de un delincuente de establecer su domicilio en otro estado o jurisdicción, deberá notificar al organismo de aplicación de la ley del estado, o a un organismo similar, en el estado o jurisdicción al que el delincuente sexual intenta cambiar su domicilio. {Artículo 943.0435(7)-(8)}
Una vez recibida la información de registro exigida por la Ley de Prevención de Delitos Sexuales del Campus (Campus Sex Crimes Prevention Act) y las Leyes de Florida pertinentes, lo que incluye las notificaciones exigidas sobre cambios a dicha información, FDLE proveerá inmediatamente dicha información por medio de un mensaje teletipo a los organismos locales de aplicación de la ley en las jurisdicciones de las instituciones enumeradas en la información de registro.
Última actualización: 07/18/2007